BASES BECA PROYECTO DE INVESTIGACIÓN 2024
BASES BECA INVESTIGACIÓN SGU 2024 [ CLIC AQUÍ PARA DESCARGAR EL DOCUMENTO CON LAS BASES ]
1. La Sociedad Gallega de Urología CONVOCA una Beca para un Proyecto de Investigación clínica en Urología, por una CUANTIA de hasta un máximo de 6.000 euros, de acuerdo con la elaboración de un presupuesto y justificación de gastos del mismo. La DURACIÓN de dicho proyecto tendrá una vigencia no superior a 24 meses.
2. El OBJETO de este Proyecto es promover la investigación en Urología y deberá destinarse obligatoriamente a infraestructura, material o personal dedicado a la investigación.
3. Para su concesión, se valorará la calidad científica del proyecto, su originalidad y la viabilidad del mismo.
4. El Proyecto podrá SER SOLICITADO por cualquier miembro de la SGU al corriente del pago de las cuotas de socio, que demuestre actividad científica reciente y que desarrolle dicho proyecto en cualquiera de los hospitales de la Comunidad Autónoma Gallega.
5. Con la solicitud deberá adjuntarse la siguiente DOCUMENTACIÓN:
-Proyecto de Investigación.
-Aprobación del proyecto de investigación por el CEIC (Comité Ético de Investigaciones Clínicas de Galicia) y su número de referencia.
-Currículum Vitae del Investigador Principal.
-Declaración Jurada de no haber presentado, optado o haberle sido otorgada una beca de otro organismo o sociedad científica por el trabajo (u otro de similares características) por el que opta a la beca de la SGU. (Hacer clic aquí para descargar el modelo)
-Presupuesto y justificación detallada de gastos.
6. Para concursar se enviará toda la documentación en formato digital al vocal correspondiente a la ciudad / área sanitaria del solicitante (ver organigrama de la Junta Directiva de la SGU: http://www.gallegadeurologia.es).
7. La FECHA LÍMITE de recepción de los proyectos finaliza el 30 de abril de 2024 a las 23:59 horas. Los proyectos recibidos con posterioridad a la fecha indicada serán rechazados.
8. El Proyecto será adjudicado por un JURADO compuesto por cinco miembros designados por la Junta Directiva de la SGU siendo uno de ellos necesariamente, el Vocal de Actividades Científicas.
9. El FALLO del Proyecto se realizará una vez finalizado el plazo de recepción; el fallo podría declararse DESIERTO si, a juicio del tribunal designado al efecto, se estima que los proyectos presentados no reúnen el nivel científico esperado.
10.Los Beneficiarios del Proyecto quedan obligados al cumplimiento de las siguientes condiciones:
-Realizar la actividad específica que fundamente su concesión en la forma y plazos establecidos en estas bases, así como justificar ante la SGU la realización de dicha actividad mediante la presentación de una MEMORIA DE RESULTADOS a la finalización del mismo que incluirá su publicación en una revista científica. La dotación económica del mismo se hará de forma escalonada conforme avance el proyecto siendo las aportaciones un máximo de 2 anuales y realizándose en cualquier caso la última cuota una vez el trabajo haya sido aceptado para publicación.
-El proyecto no ha de estar suscrito o concurrir en la fecha de solicitud a ninguna otra beca o patrocinio económico.
11. La participación en este Proyecto IMPLICA la aceptación de las presentes bases.